Contrato de Administración de Fondos para el Retiro

El Contrato de Administración de Fondos para el Retiro se refiere al acuerdo que firma el cliente con la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) para la administración de sus ahorros y que a su vez deberá contener los datos del trabajador y de la Afore.

El Contrato de Administración de Fondos para el Retiro  debe señalar lo siguiente:

  • participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro
  • la legislación
  • la reglamentación aplicable
  • la especificación de todos los servicios que la Afore prestará
  • las comisiones que la ley permite que las Afores cobren por sus servicios.

Principales servicios que debe ofrecer la Afore

Abrir y administrar las cuentas individuales de ahorro de cada cliente.

Asegurar que sus ahorros sean invertidos y procuren el mayor rendimiento posible.

Proporcionar material informativo sobre el sistema de pensiones.

Enviar al cliente por lo menos tres Estados de Cuenta al año.

Proporcionar información del saldo y cualquier tipo de aclaración respecto a su cuenta.

Actualizar los datos del cliente.

Realizar los trámites de unificación y separación de cuentas.

Unificar en una sola cuenta los ahorros que el trabajador tenga dispersos en antiguas cuentas SAR 92-97.

Realizar el trámite de traspaso de su Cuenta Individual de una Afore a otra.

Recibir depósitos y tramitar retiros de la subcuenta de Aportaciones Voluntarias.

Tramitar retiros totales y parciales de sus ahorros.

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