La entidad financiera Inbursa pone a su disposición el servicio “Invierte Para tu Retiro Inbursa” el cual es un instrumento de inversión individualizado, autorizado por el Sistema de Administración Tributaria (SAT) y con la finalidad de administrar recursos para el retiro.
Este servicio representa una cuenta de inversión establecida con el único fin de recibir y administrar recursos destinados para cuando el titular cumpla 65 años o bajo casos de invalidez o incapacidad para realizar un trabajo de acuerdo con la ley de seguridad social. Además este esquema de inversión ofrece importantes beneficios fiscales pues le permite deducir las aportaciones realizadas en tu declaración anual, y al término del contrato cuando se cumplan los requisitos de permanencia.
Características de Invierte Para tu Retiro Inbursa
- Cuenta bancaria individualizada.
- Tasa variable 100% de CETES menos un punto. Promedio ponderado de tasas primarias de CETES a 28 días vigentes durante el mes menos un punto.
- Sin cobro de comisión por apertura o saldos mínimos.
En cuanto a los requisitos de permanencia, estos se refieren a cuando el cliente cumpla 65 años, mismo dato que se valida mediante la clave CURP o haya comprobado invalidez o incapacidad para realizar un trabajo personal remunerado mediante el dictamen médico respectivo, de conformidad a las disposiciones de seguridad social.
Requisitos para personas Físicas
Identificación Oficial para Titulares y/o Cotitulares (original):
Nacionales:
Credencial de Elector y/o Pasaporte vigente y firmado y/o Cédula Profesional y/o Cartilla del Servicio Nacional Militar.
Extranjeros:
Pasaporte vigente y firmado, FM2, FM3 ó FM4
II.- Copia del RFC y CURP para Titulares y/o Cotitulares:
Si no lo tiene pero está inscrito, deberá llenar una carta machote.
Si nunca ha estado inscrito deberá firmar una carta machote.
Los clientes que se identifiquen como extranjeros no deberán llenarlas.
III.- Comprobante de domicilio:
Recibo de agua, luz, predial y/o teléfono (residencial no celular), con una antigüedad no mayor a 3 meses.
En caso de que el cliente deseara que la documentación sea enviada a otra dirección, éste deberá de notificarlo por escrito y de igual forma deberá anexar a la carta el comprobante respectivo con una antigüedad no mayor a 3 meses.
IV.- Cuenta (s) Bancaria (s):
Nombre (s) de la institución (es), número (s) de cuenta (s) clabe (18 dígitos) y número de sucursal (es) utilizada (s) para efectuar los retiros de su contrato de Intermediación Bursátil. No es válido registrar cuentas de terceros.
Si más adelante se deseara dar de alta una cuenta de cheques en el contrato:
Se solicitará en original carta firmada por el cliente (Titular o Cotitular) y copia fotostática del estado de cuenta con una antigüedad no mayor a 3 meses.
V.- Leer y manifestar por escrito la aceptación del Prospecto de Información al Público Inversionista
Requisitos para personas morales
I Acta Constitutiva.
II Poderes (para celebrara actos de administración).
III Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
IV Registro Público de la Propiedad (RPP).
V Identificación Oficial:
Credencial de Elector y/o Pasaporte vigente y firmado y/o Cédula Profesional y/o Cartilla del Servicio Nacional Militar de representantes legales apoderados y manejadores.
VI Comprobante de Domicilio:
Recibo de agua, luz, predial y/o teléfono (residencial no celular), con una antigüedad no mayor a 3 meses.
En caso de que el cliente deseara que la documentación sea enviada a otra dirección, éste deberá de notificarlo por escrito y de igual forma deberá anexar a la carta el comprobante respectivo con una antigüedad no mayor a 3 meses.