Si usted quiere afiliarse a la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) que ofrece Afore XXI Banorte debrá considerar la siguiente papelería:
- Solicitud de Registro en original y copia, vigente a la fecha de su llenado, misma que deberá contener el Folio de Registro asignado por las Empresas Operadoras.
- Documento de Rendimiento Neto, con datos vigentes a la fecha en que se suscriba la solicitud.
- Contrato de Administración de Fondos para el Retiro, en original y copia.
- Copia de la Credencial del Agente Promotor.
- Documentos para que, si es el caso, se lleve a cabo el Traspaso de los recursos correspondientes a las Subcuentas del Seguro de Retiro y de Vivienda 92, a la Cuenta Individual.
Documentos que le debe proporcionar el Agente Promotor de Afore XXI Banorte
- Original de la Solicitud de Registro, debidamente llenada, con nombre completo y firma, manifestándose así el conocimiento del contenido y la voluntad de realizar el trámite.
- Documento de Rendimiento Neto con nombre completo y firma, con la que se manifieste que se conoce el contenido.
- Original del Contrato de Administración de Fondos para el Retiro, en el que asiente nombre completo y firma, manifestándose así el conocimiento del contenido y la voluntad de realizar el contrato.
- Identificación oficial vigente. Original y copia.
- Comprobante de domicilio con código postal (recibo telefónico, comprobante bancario o televisión de paga) con una antigüedad no mayor a tres meses a la fecha de la Solicitud. Presentar original y copia.
Cabe señalar que al tratarse de un Beneficiario, éste deberá firmar la Solicitud de Registro en nombre del Trabajador fallecido, y además de la documentación mencionada en los puntos anteriores (1 al 5), deberá presentar la siguiente documentación:
- Acta de defunción del Trabajador fallecido. Original y copia.
- Identificación oficial vigente. Original y copia.
Original y copia de alguno de los siguientes documentos:
- Acta de nacimiento de la persona que inicie el trámite.
- Acta de matrimonio, la cual deberá estar libre de inscripciones o anotaciones y haber sido expedida por el Registro Civil en un periodo no mayor a 6 meses anteriores a la fecha de Solicitud de Registro.
- Resolución emitida por la autoridad que se declare competente para resolver la calidad de Beneficiario.
Es importante señalar que la documentación antes mencionada no deberá presentar tachaduras, raspaduras, enmendaduras o alteraciones en su contenido.
Todos sus documentos originales se los fotocopiarán y se los devolverán.