Pasos para obtener una pensión por invalidez

La pensión pon invalidez se puede solicitar únicamente si el trabajador que está asegurado no este en plenitud física o mental para ejercer sus labores que se derive de una enfermedad o accidente no profesional.

Las personas que se les concede una pensión por invalidez reciben un salario superior al 50% del que percibían.

Para solicitarla se debe ir al instituto de salud donde esté asegurado el trabajador para que un médico certifique su estado de invalidez.

La institución de salud le pedirá los siguientes requisitos para obtener una pensión de invalidez:

  • Que el asegurado se encuentre vigente o dentro del periodo de conservación de derechos, al declararse el estado de invalidez.
  • Si se encuentra en el régimen 1997, el asegurado deberá tener reconocidas como mínimo 250 cotizaciones semanales a la fecha en que se dictamine el estado de invalidez, o bien, si el dictamen determina una valuación de 75% o más, sólo se requiere que tenga acreditadas 150 semanas de cotización.
  • Para caso del régimen 1973, se requiere que al declararse la invalidez, el asegurado tenga acreditado el pago de 150 cotizaciones a la fecha en que se dictamine el estado de invalidez.
  • Que los servicios médicos de salud en el trabajo, dictaminen el estado de invalidez del asegurado.
  • Que los servicios de prestaciones económicas cuenten con el formato ST-4 dictamen de invalidez.

Documentos que deberá presentar asegurado:

  • Copia certificada expedida por el Registro Civil de acta de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento
  • En caso de que sea un documento en idioma diferente al español, deberá presentar adicionalmente la traducción autorizada o emitida por un perito reconocido por el Tribunal Superior de Justicia de cualquier Entidad Federativa del territorio nacional.
  • Identificación oficial con fotografía y firma (credencial para votar o cartilla del Servicio Militar Nacional o pasaporte o cédula profesional o Credencial ADIMSS), tratándose de extranjeros pasaporte o Forma Migratoria, original y copia para cotejo.
  • Documento de AFORE: este puede ser el estado de cuenta
  • Clave Única de Registro de Población (CURP) o impresión de la misma obtenida a través de la página de Internet del Registro Nacional de Población, no necesario cuando se trate de extranjeros que no radiquen en México, original y copia para cotejo. Este documento no es necesario cuando presente la Credencial ADIMSS.
  • Documento que contenga el número de seguridad social expedido por el IMSS, INFONAVIT o AFORE, (cabe destacar que este documento no es necesario si presenta la Credencial ADIMSS).
  • Comprobante de domicilio de reciente expedición, no mayor de tres meses a la fecha de la presentación de la solicitud: derechos de agua, luz, teléfono (excepto celular), recibo de gas, certificación de la presidencia municipal (anual) o boleta predial (bimestral o anual del ejercicio vigente).
  • Constancia de registro en el R.F.C. original y copia para cotejo.

De no presentar la documentación completa y correcta (sin borraduras, tachaduras o enmendaduras) no se podrá iniciar su trámite.

Para los trabajadores asegurados por el IMSS que empezó a cotizar antes del 1° de julio de 1997 se le da a elegir entre:

  • Pensión pagada por el IMSS
  • Pensión pagada por aseguradora, llamada Renta Vitalicia

Los trabajadores que cotizaron después del 1º de julio de 1997, no tendrán derecho a la elección de pensión pagada por el IMSS.

Para el caso del régimen antes de 1997, la Pensión pagada por el IMSS le brinda una pensión el resto de su vida, cubriendo también las pensiones de sus beneficiarios en caso de fallecimiento.

Asignaciones Familiares

De acuerdo con información del portal del IMSS, el plazo máximo de resolución del trámite es de 21 días naturales para casos de Ley del Seguro Social 1973 y 30 días naturales para casos de Ley del Seguro Social de 1997.

Publicidad