Cálculo Pensión IMSS

El portal público del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) le ofrece un servicio gratuito para que usted pueda calcular su Pensión del Seguro Social IMSS.

Antes de que usted solicite su pensión, es de vital importancia que usted efectué correctamente su cálculo de la pensión pues una vez enviada, el portal del IMSS advierte que es imposible cambiarla y en caso de ser así, se deberá solicitar un juicio laboral o presentar una inconformidad que puede tardar años.

Al momento en que usted calcule su pensión correctamente, usted sabrá el monto correspondiente a su pensión, usted no deberá aceptar un pago inferior.

Elaboración del cálculo

La información del portal IMSS indica que el servicio consiste en efectuar un “Cálculo Actuarial de Pensión del IMSS” en función a sus datos personales y su ingreso; asimismo, el portal del IMSS le sugiere una serie de estrategias que lo ayuden a obtener el máximo monto para su jubilación.

Para que el cálculo sea lo más exacto posible, el portal le pide una serie de datos, mismas que serán enviadas a sus correo en manera gratuita, el correo lleva por nombre “Calculo Actuarial de Pre-Jubilacion” donde se le indica el monto aproximado que recibirá de su Pensión al momento de que se jubile ante el IMSS.

La respuesta la tendrá dentro de 5 minutos en su correo electrónico

Requisitos para solicitar la pensión IMSS

La pensión del el IMSS paga de forma mensual y de forma vitalicia su pensión hasta que siga vivo; los requisitos son los siguientes:

  • Tener al menos 9 años y 7 meses cotizados ante el IMSS
  • Tener como mínimo 60 años cumplidos
  • Quedar privado de trabajo remunerado.

Datos personales requeridos

  • Nombre completo
  • Estado
  • Número telefónico
  • Número móvil
  • Correo electrónico
  • Fecha de nacimiento
  • Años cotizando en el IMSS
  • Sueldo mensual
  • Estado civil
  • Actualmente trabaja
  • Fecha de fin de trabajo

Consulte un ejemplo aquí:

 

 

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One response to “Cálculo Pensión IMSS

  1. PENSIÓN POR VEJEZ.

    Estar vigente en sus derechos a la fecha de la solicitud.

    65 años de edad

    500 semanas de cotización reconocidas (se reconocen los periodos de incapacidad por cualquier motivo)

    Es necesario que el solicitante de la pensión haya causado baja en el IMSS, es decir, que quede privado de trabajo remunerado.

    La pensión se cubrirá a partir de que el solicitante deje de trabajar.

    Proporcionar los datos y documentos requeridos por la ley IMSS.

    PENSIÓN POR CESANTíA EN EDAD AVANZADA

    Estar vigente en sus derechos a la fecha de la solicitud.

    Quede privado de trabajos remunerados , es decir que haya causado baja en el IMSS.

    Tenga por lo menos 60 años de edad

    Tenga acreditadas por lo menos 500 semanas de cotización

    Proporcionar los datos y documentos requeridos por la ley IMSS

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