Pensiones de Sura

La administradora de fondos para el retiro SURA pone a su disposición tres tipos de pensiones dependiendo  del caso los cuales pueden ser:

  • riesgo de trabajo

  • invalidez y vida

  • retiro, cesantía y vejez

Conozca a detalle los tipos de pensiones

1.- Riesgo de Trabajo

Incapacidad permanente parcial (IPP)

Se otorga al trabajador en caso de accidente o enfermedad ocasionados por un riesgo de trabajo. Puede ser una incapacidad permanente parcial (IPP) o total (IPT), ésta última no requiere mínimo de semanas de cotización, equivale al 70% del salario de cotización. IPP depende del porcentaje de incapacidad.

Muerte

Se otorga a los beneficiarios del trabajador que fallece como consecuencia de un accidente o enfermedad generada por un riesgo de trabajo. El importe equivale a: Vuidez 40%, Orfandad 20%, Ascendencia 20% de la pensión IPT.

2.- Invalidez y vida

Invalidez definitiva

Se otorga al trabajador que sufre un accidente o enfermedad NO ocasionados por un riesgo de trabajo. Requiere 250 semanas de cotización (5 años), el monto equivale al 35% de la cuantía básica, la cual es el salario promedio de las últimas 500 semanas de cotización.

Muerte

Se otorga a los beneficiarios del trabajador que fallece como consecuencia de un accidente o enfermedad que no es generada por un riesgo de trabajo. Requiere 150 semanas de cotización (3 años), el monto equivale a: Viudez 90%, Orfandad 20%, Ascendencia 20% de la pensión de invalidez.

3- Retiro, cesantía y vejez

Actualmente se paga sólo por Ley 73, en Ley 97 operarán cuando el afiliado cuente con recursos suficientes para comprar una Pensión Mínima Garantizada (PMG) y cuente con 1,250 semanas de cotización.

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